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Secretaría Municipal

Secretaría

Municipal

Para el cumplimiento de sus objetivos, el secretario municipal es el funcionario que asume la realización de las actividades de secretaría administrativa, tanto del Alcalde y Concejo Municipal como del Consejo Comunal de la Sociedad Civil ( COSOC ), y es quien se desempeña como ministro de fe en todas las actuaciones municipales.

Debe velar por los sistemas de partes e informaciones de la Municipalidad, el registro y control de curso de la documentación que ingresa al Municipio, así como del registro y despacho de la correspondencia oficial.

Competencias:

  • Desempeñarse como ministro de fe en las actuaciones municipales, mediante la firma de los decretos, ordenanzas e instrucciones y certificación de los acuerdos de Concejo Municipal.
  • Mantener el flujo, control, archivo y conservación de la documentación que ingresa y egresa del municipio, proporcionando en forma rápida y expedita la información que se requiera para el accionar municipal.
  • Confeccionar, transcribir y registrar los decretos, ordenanzas, instructivos y otros de acuerdo a los antecedentes del acto y ajustado a las normas vigentes.
  • Velar por la oportuna entrega de antecedentes solicitados por las unidades funcionales del Municipio.
  • Certificar y proporcionar la información de acuerdos y decisiones del Alcalde y del Concejo que incidan en la gestión de las distintas unidades que conforman la administración superior de la Municipalidad.
  • Llevar el registro municipal a que se refiere el artículo 6° de la ley N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias.
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