Información Importante sobre:
Patentes Municipales
DAF
- La Patente es un tributo anual por el ejercicio de la actividad lucrativa, la cual puede ser cobrada en una o dos cuotas. El municipio de Aysén cobra patentes en dos cuotas semestrales, en los meses de JULIO y ENERO (Artículos 23°, 24° y 25° del D.L. 3.063 sobre rentas municipales).
- La patente se rige por el Año Tributario el cual comienza el 1° de julio hasta el 30 de junio del año siguiente. Por este motivo la primera cuota del año se cobra en julio y la segunda en enero del año siguiente.
- La patente será de un monto equivalente al dos y medio por mil (semestral) y el cinco por mil (anual) sobre el capital propio de cada contribuyente, la que no podrá ser inferior a 01 UTM ni superior a 8.000 UTM. Para la determinación de patente mínima y máxima se tendrá como referencia la UTM vigente al mes de mayo de cada año.
- Ud. puede ejercer la actividad en un local comercial o en su domicilio particular.
- Si decide hacerlo en su casa habitación (propia, arrendada o cedida) puede acogerse a la Ley 19.749 Microempresa Familiar, siempre y cuando sus actividades no sean peligrosas, contaminantes o molestas. El trámite comienza en el municipio, llenando la solicitud de patente, para posteriormente presentarla en el Sii (iniciar actividades) y en Acción Sanitaria (venta de alimentos, hospedaje, talleres mecánicos, por ejemplo).
- Si arrienda local comercial, debe preguntar en la Dirección de Obras Municipales si el local está regularizado por su dueño y cuenta con Permiso de Edificación y Recepción Final. De esto depende que se otorgue una patente DEFINITIVA o PROVISORIA (por un año), dando como plazo ese año mismo para regularizar.
- Si ya cuenta con una patente municipal y desea modificar los giros o agregar giros nuevos, debe hacer el trámite primero en el Sii y traer el comprobante impreso, para solicitar ampliación o modificación de la actividad en su patente. Este trámite no está afecto a cobro por parte del municipio.
- Si desea hacer un cambio de domicilio de la patente, debe gestionar primero el cambio en el Sii y presentar comprobante de éste al municipio, acompañado del nuevo contrato de arrendamiento o título de propiedad del nuevo local.
- Si decide permanecer un tiempo prolongado sin ejercer la actividad, debe informar por escrito al municipio (carta dirigida al Alcalde) y demostrar que no ejerció la actividad durante un año tributario, adjuntando los Formularios 29 sin movimiento del Sii.
- Si decide poner término de giro a sus actividades en el Sii, debe presentar el comprobante de Término de Giro al municipio y llenar solicitud de anulación de patente. De esta única forma evitará continúen saliendo cobros a su nombre o el de su empresa.
- Si decide abrir sucursal en otra comuna, debe acercarse al municipio matriz a solicitar un “Certificado de Distribución de Capital Propio”, para ser presentado en el municipio sucursal. La ley obliga a los contribuyentes con sucursal en otras comunas, a declarar trabajadores en su municipio matriz, cada año en el mes de MAYO. Solicite el formulario para declarar trabajadores en su municipio matriz.
- Si decide alejarse de la comuna de Aysén y continuar ejerciendo la actividad en otra comuna, debe hacer cambio de domicilio en el Sii y presentar comprobante en el municipio, solicitando la anulación de su patente. De lo contrario, continuarán generándose cobros a su nombre.
- Las patentes de alcohol sólo podrán transferirse, previa inscripción en la municipalidad y podrán venderse a personas que no estén comprendidas en las prohibiciones del artículo 4° de la ley de alcoholes.
Contacto
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- 67 2 336 583
- [email protected]
- Edificio Consistorial (Esmeralda #607, Puerto Aysén)
Formularios para descarga
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