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Información sobre Patentes Municipales

Información Importante sobre:

Patentes Municipales

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  1. La Patente es un tributo anual por el ejercicio de la actividad lucrativa, la cual puede ser cobrada en una o dos cuotas.   El municipio de Aysén cobra patentes en dos cuotas semestrales, en los meses de JULIO  y  ENERO (Artículos 23°, 24° y 25° del D.L. 3.063 sobre rentas municipales).

  2. La patente se rige por el Año Tributario el cual comienza el 1° de julio hasta el 30 de junio del año siguiente.   Por este motivo la primera cuota del año se cobra en julio y la segunda en enero del año siguiente.

  3. La patente será de un monto equivalente al dos y medio por mil (semestral) y el cinco por mil (anual) sobre el capital propio de cada contribuyente, la que no podrá ser inferior a 01 UTM ni superior a 8.000 UTM.    Para la determinación de patente mínima y máxima se tendrá como referencia la UTM vigente al mes de mayo de cada año.

  4. Ud.  puede ejercer la actividad en un local comercial o en su domicilio particular.

  5. Si decide hacerlo en su casa habitación (propia, arrendada o cedida) puede acogerse a la Ley 19.749 Microempresa Familiar, siempre y cuando sus actividades no sean peligrosas, contaminantes o molestas.  El trámite comienza en el municipio, llenando la solicitud de patente, para posteriormente presentarla en el Sii (iniciar actividades) y en Acción Sanitaria (venta de alimentos, hospedaje, talleres mecánicos, por ejemplo).

  6. Si arrienda local comercial, debe preguntar en la Dirección de Obras Municipales si el local está regularizado por su dueño y cuenta con Permiso de Edificación y Recepción Final.   De esto depende que se otorgue una patente DEFINITIVA o PROVISORIA (por un año), dando como plazo ese año mismo para regularizar. 

  7. Si ya cuenta con una patente municipal y desea modificar los giros o agregar giros nuevos, debe hacer el trámite primero en el Sii y traer el comprobante impreso, para solicitar ampliación o modificación de la actividad en su patente.   Este trámite no está afecto a cobro por parte del municipio. 

  8. Si desea hacer un cambio de domicilio de la patente, debe gestionar primero el cambio en el Sii y presentar comprobante de éste al municipio, acompañado del nuevo contrato de arrendamiento o título de propiedad del nuevo local. 

  9. Si decide permanecer un tiempo prolongado sin ejercer la actividad, debe informar por escrito al municipio (carta dirigida al Alcalde) y demostrar que no ejerció la actividad durante un año tributario, adjuntando los Formularios 29 sin movimiento del Sii. 

  10. Si decide poner término de giro a sus actividades en el Sii, debe presentar el comprobante de Término de Giro al municipio y llenar solicitud de anulación de patente.   De esta única forma evitará continúen saliendo cobros a su nombre o el de su empresa. 

  11. Si decide abrir sucursal en otra comuna, debe acercarse al municipio matriz a solicitar un “Certificado de Distribución de Capital Propio”, para ser presentado en el municipio sucursal.  La ley obliga a los contribuyentes con sucursal en otras comunas, a declarar trabajadores en su municipio matriz, cada año en el mes de MAYO.   Solicite el formulario para declarar trabajadores en su municipio matriz. 

  12. Si decide alejarse de la comuna de Aysén y continuar ejerciendo la actividad en otra comuna, debe hacer cambio de domicilio en el Sii y presentar comprobante en el municipio, solicitando la anulación de su patente.   De lo contrario, continuarán generándose cobros a su nombre. 

  13. Las patentes de alcohol sólo podrán transferirse, previa inscripción en la municipalidad y podrán venderse a personas que no estén comprendidas en las prohibiciones del artículo 4° de la ley de alcoholes.

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