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Corporación del Deporte y Recreación

Corporación de

Deporte y Recreación

Ilustre Municipalidad de Aysén

El 20 de junio de 2013 se aprobó la conformación de la Corporación de Deportes y Recreación de la Ilustre Municipalidad de Aysén, cuyo directorio actualmente está compuesto de la siguiente manera:

Presidente: Julio Uribe Alvarado (Alcalde de Aysén)

Tesorero: Roberto Vargas Esquivel

Secretario: Alejandro Vera Saldivia

Director Ejecutivo: Carlos Cárcamo Adriazola

Desde el año 2015, la Corporación de Deportes mantiene en comodato con la Municipalidad de Aysén la infraestructura del Polideportivo 21 de Abril. A partir de septiembre de 2017, el municipio administra además el recinto turístico Bahía Acantilada, a través de la Corporación de Deportes, Recreación y Turismo municipal.

La Corporación de Deportes tiene como principal objetivo desarrollar acciones o actividades en el ámbito del deporte formativo, recreativo, de competición y de alto rendimiento y de proyección internacional, estableciendo para ello un programa anual, en armonía en lo posible con la política nacional de deporte que formule el Instituto Nacional de Deportes de Chile, el que será informado al Concejo Municipal.

Este programa deberá dirigirse a fomentar el ejercicio del derecho de organizar, aprender, practicar, presenciar y difundir las actividades físicas, deportivas y recreativas. Asimismo, deberá contemplar acciones coordinadas con las organizaciones deportivas y recreativas de la Comuna, las Juntas de Vecinos y otras entidades afines; así como promover una adecuada ocupación de los lugares públicos y privados acondicionados para estos fines.

Competencias:

  • Administrar los recintos deportivos y recreativos que le encomiende la Municipalidad, el Instituto Nacional de Deportes de Chile o cualquier otro organismo.
  • Promover, asesorar y encauzar la formación de clubes deportivos y recreativos en las unidades educativas, vecinales, laborales y otras, velando por la autonomía de estas organizaciones y la libertad de asociación.
  • Fomentar y cooperar en forma permanente con el deporte y la recreación preescolar, escolar, de la mujer, del adulto mayor, de los trabajadores y de las personas discapacitadas, a fin de que en forma creciente realicen actividades deportivas y recreativas como medio de salud, de prevención a los problemas de drogadicción y alcoholismo, de seguridad ciudadana, de integración social y familiar y de educación del medio ambiente.
  • Fomentar y ejecutar escuelas y talleres deportivos y recreativos comunales para todos los sectores de la población en diferentes lugares territoriales de la Comuna dirigidos por profesionales de la educación física, del deporte y de la recreación y/o técnicos especializados.
  • Desarrollar eventos deportivos y recreativos de carácter masivo en conjunto con la comunidad, organizaciones y empresas deportivas y recreativas.
  • Asesorar a la Municipalidad, a la comunidad y a otras municipalidades en el desarrollo de las actividades antes referidas.
  • Apoyar y asesorar a las organizaciones deportivas y recreativas de la Comuna para el desarrollo de sus programas, subsidiándolas de acuerdo a las posibilidades de la entidad.
  • Diseñar y ejecutar programas de capacitación y perfeccionamiento para beneficio de la dirigencia local y de los profesionales y técnicos especializados de la educación física, del deporte y de la recreación. La capacitación a que se refiere esta letra, no persigue realizar labores propias de un Organismo Técnico de Capacitación en los términos previstos en la Ley N°19.518, sobre Estatuto de Capacitación y Empleo.
  • Proponer, colaborar y desarrollar, en conjunto con los departamentos municipales que correspondan, los proyectos de inversión en infraestructura deportiva y recreativa, el mejoramiento de la existente y la asignación de recursos económicos para su mantenimiento.
  • Apoyo de infraestructura, de implementación y de asesoría técnica a deportistas destacados de la Comuna, de acuerdo a las posibilidades de la entidad.
  • Difundir en la opinión pública el conocimiento de los objetos que impulsa la Corporación y las realizaciones que ella lleve a cabo.
  • Aceptar donaciones, puras y simples, condicionales o modales, conducentes al cumplimiento de su objeto, certificando su recepción en los casos y en la forma que la ley disponga.
  • Encargarse de la gestión de todo o parte de los recintos e instalaciones que le haya sido entregada, mediante convenios, contratos o concesiones, por entidades públicas o privadas. En el cumplimiento de esas finalidades la Corporación tendrá las más amplias atribuciones, sin perjuicio de las que, en materia de supervigilancia y fiscalización, correspondan a las Autoridades Públicas de acuerdo con las leyes y reglamentos.

 

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