[ Cerrar esta ventana ]  
[ Volver a la página anterior ]
     
Zona ZU-2 (área consolidada)
     
Uso de suelos permitidos: Vivienda  
- Equipamiento de escala regional sólo de deportes; y de escala comunal y vecinal de todo tipo.
- Almacenamiento y talleres inofensivos.
- Actividades complementarias a la vialidad y el transporte según lo señalado en el artículo 17 de la presente Ordenanza.
     
Usos de suelos prohibidos    
Todos los usos de suelos no indicados precedentemente y los señalados en el artículo 21 de la presente Ordenanza
     
Superficie predial mínima    
Vivienda y equipamientos: 400 mts²
-Almacenamiento y talleres inofensivos 800 mts²
     
Frente predial mínimo    
Vivienda y equipamiento 12 mts.
Almacenamiento y talleres inofensivos 20 mts.
     
% máximo de ocupación de suelos    
- Vivienda :70%
- Equipamiento : 60%
- Almacenamiento y talleres : 50%

   
Densidad predial mínima    
90 habitantes por hectárea    
     
Densidad predial máxima    
No se consulta    
     
Sistema de agrupamiento    
Aislado, pareado y continuo    
     
Altura de la edificación    

Aislada y pareada: respetando rasantes según lo señalado en el artículo 8 de la presente Ordenanza.

- Continuo: 3.5 mts. sobre la edificación continua, se permite edificación aislada, respetando rasantes.

     
% Máximo de adosamiento de la edificación continua

Antejardín mínimo

   
Según Artículo 11 de la presente Ordenanza
     
     
[ Cerrar esta ventana ]  
[ Volver a la página anterior ]