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Zona ZE-9 (área de extensión)
     
Uso de suelos permitidos: Vivienda  
Equipamiento de áreas verdes de escala vecinal
: Instalaciones y edificaciones complementarias al litoral como talleres no molestos de reparación y/o construcción de embarcaciones.
: Bodegas molestas y no molestas relacionadas con la actividad pesquera y otras afines.
Usos de suelos prohibidos    
Todos los usos de suelos no indicados precedentemente y los señalados en el artículo 21 de la presente Ordenanza
Superficie predial mínima    
1.000 mts²
   
 
Frente predial mínima    
20 mts.
   
 
% Máximo de ocupación de suelos    
50%

   

   
Densidad predial máxima    
No se consulta    
     
     
 
     
Altura de la edificación    
Idem ZONA ZE-7
     
Antejardín mínimo    

 

10 mts.    

 

   
 
     
     
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